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FAQ Promotores / Arquitectos


Preguntas de Ámbito Legislativo

 ¿Cuál es la legislación de aplicación?
  • La legislación de aplicación es, en la actualidad:

    • Real Decreto-Ley 1/98 (BOE 51 de 28/2/98)
    • Real Decreto 279/99 (BOE 58 de 9/3/99)
    • Orden Ministerial de 26 de Octubre sobre desarrollo del Real Decreto 279/99 (BOE 268 de 9/11/99)
    • Resolución de 12 de enero de 2000, de la Secretaría General de Comunicaciones, por la que se hace pública la Instrucción de 12 de enero de 2000, de la Secretaría General de Comunicaciones, sobre personal facultativo competente en materia de telecomunicaciones para la elaboración de los proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios. (BOE 34 de 9/2/00)
    • Ley 38/1999 de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación (BOE 266 de 6/11/99)
    • Real Decreto 401/2003 (BOE 115 de 14/05/03)
    • Orden CTE/1296/2003

 ¿En que circunstancias se debe presentar un ICT?
  • En todas aquellas promociones, de más de una vivienda, rehabilitadas o de nueva construcción, que se acojan a la Ley de Propiedad Horizontal, es decir que compartan zonas comunes por donde discurran las canalizaciones y que, por lo tanto, dispongan de infraestructuras comunes para el acceso desde las viviendas a los servicios de telecomunicación.
 ¿Es necesario presentar, junto al proyecto arquitectónico, el correspondiente informe de ICT's?
  • Según se especifica en el Real Decreto-Ley 1/98 Artículo 3, la concesión de Licencia de edificación requiere que al proyecto arquitectónico se acompañe el que prevea la instalación de una infraestructura común propia.
 ¿Quién puede firmar el Proyecto Técnico de la ICT?
  • Según el BOE 34 de 9/2/2000, el Ingeniero o Ingeniero técnico competente en materia de telecomunicaciones es un Ingeniero de Telecomunicación o un Ingeniero técnico de Telecomunicación de la especialidad correspondiente.
 ¿Dónde y cuándo se debe presentar el proyecto técnico de ICT?
  • En el Ayuntamiento, junto con el Proyecto Arquitectónico
    Según el Real Decreto-Ley 1/98 Artículo 3, no se concederá autorización para la construcción o rehabilitación integral de ningún edificio si al correspondiente proyecto arquitectónico no se une el que prevea la instalación de una infraestructura común propia.
  • En la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones Según el Real Decreto-Ley 279/99 Artículo 8, otro ejemplar del proyecto, acompañado de copia en soporte informático, habrá de presentarse en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones que corresponda, a los efectos que se pueda inspeccionar la instalación, cuando la autoridad competente lo considere oportuno.
  • A la propiedad: promotor durante la fase de construcción y (comunidad) del edificio cuando ésta se haya constituido.
 ¿Quién debe presentar el proyecto en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones?
  • Los proyectos deben presentarse acompañados de un escrito, con copia, la cual será sellada a los efectos oportunos, que puede ser presentado por:
    • El promotor
    • El promotor con firma por delegación
    • El proyectista
 ¿Quién debe realizar la instalación de ICT y en qué base?
  • Un instalador inscrito en el registro de instaladores de telecomunicación en la Secretaría General de Comunicaciones en el tipo A: Infraestructuras de Telecomunicación en edificios o inmuebles.
    Siguiendo el proyecto técnico de Infraestructura Común de Telecomunicaciones que se haya adjuntado al proyecto arquitectónico para solicitar la licencia de obra.
 ¿Quién es el propietario de la Infraestructura Común de Telecomunicaciones una vez realizada la venta del edificio?
  • La Infraestructura Común de Telecomunicaciones de un edificio de nueva construcción es un bien común, al igual que el resto de los servicios del edificio.
 ¿Qué son el RITI, el RITS, el RITM y el RITU?
  • Son los recintos donde se ubicarán distintos equipos de las ICT.
    Hay diferentes tipos de registros:

    • RITI: Recinto de Instalaciones de Telecomunicación Inferior
      Ubicación: De ser posible, sobre la rasante; de estar a nivel inferior, se le dotará de sumidero con desagüe que impida la acumulación de aguas.
      Utilidades: Instalación de equipos de telefonía y telecomunicaciones por cable.

    • RITS: Recinto de Instalaciones de Telecomunicación Superior
      Ubicación: Preferentemente en la cubierta o azotea, y nunca por debajo de la última planta del inmueble.
      Utilidades: Instalación de equipos para captación y el tratamiento de las señales de radio, televisión y satélite.

    • RITU: Recinto de Instalaciones de Telecomunicación Único
      Ubicación: De ser posible, sobre la rasante; de estar a nivel inferior, se le dotará de sumidero con desagüe que impida la acumulación de aguas.
      Utilidades: Acumula las funcionalidades del RITI y del RITS.

    • RITM: Recinto de Instalaciones de Telecomunicación Modular
      Utilidades: Sustituye en funcionalidad a uno de los recintos descritos anteriormente, cuando el tamaño de la promoción (en base al número de viviendas) lo permite.

    Las dimensiones de estos recintos son:

    RITI / RITS

    Nº UNIDADES PRIVATIVAS ALTURA (mm) ANCHURA (mm) PROFUNDIDAD (mm)
    Hasta 20 2.000 1.000 500
    De 21 a 30 2.000 1.500 500
    De 31 a 35 2.000 2.000 500
    Más de 45 2.300 2.000 2.000

    RITU
    Nº UNIDADES PRIVATIVAS ALTURA (mm) ANCHURA (mm) PROFUNDIDAD (mm)
    Hasta 10 2.000 1.000 500
    Más de 10 2.300 2.000 500

 ¿Puedo utilizar un RITU en mi promoción?
  • En un edificio plurifamiliar, los recintos requeridos por la legislación son el RITI y el RITS; en conjuntos de viviendas unifamiliares se establece un único recinto de instalaciones de telecomunicaciones (el RITU) que acumule la funcionalidad de los dos descritos anteriormente.

    Adicionalmente, el R.D. 401/2003 establece la posibilidad de disponer un único recinto en el caso de edificios o conjuntos inmobiliarios de hasta tres alturas y planta baja y un máximo de 10 unidades privativas (viviendas + oficinas + locales).

 ¿Puedo utilizar un RITM en mi promoción?
  • En algunos casos, es posible realizar los recintos superior, inferior y único mediante armarios de tipo modular.
    En concreto, para los casos de inmuebles de pisos de hasta cuarenta y cinco unidades privativas y de conjuntos de viviendas unifamiliares de hasta diez unidades privativas, los recintos antes mencionados podrán ser realizados según lo indicado.
 ¿Qué son las canalizaciones?
  • Principalmente están formadas por cables y tubos, y tienen como función distribuir las señales provenientes de los sistemas de captación y garantizar el acceso a los servicios de telecomunicación a los usuarios.
    La canalización consta de diferentes tramos:
    • Canalización Externa
      Une la arqueta de entrada con el registro de enlace (punto de entrada al inmueble).
    • Canalización de Enlace
      Existen dos canalizaciones de enlace; la superior y la inferior. Para la entrada superior, es la que conduce los cables que van desde lis sistemas de captación hasta el correspondiente recinto (RITS): para la inferior, es la que conduce los cables de la red que parten del registro de enlace hasta el recinto inferior (RITI)
    • Canalización Principal
      Transporta los cables en el plano vertical; normalmente, une el RITI con el RITS. En conjuntos de viviendas unifamiliares, parte del RITU y transporta los cables hasta todas las viviendas.
    • Canalización Secundaria
      Parte de la canalización principal y termina en los registros de terminación de red de cada usuario (ya en el interior de las viviendas).
    • Canalización de Usuario
      Es el tramo que, partiendo de los registros de terminación de red, proporciona acceso a los servicios de telecomunicación (radio, televisión, telefonía) en las tomas correspondientes, repartidas por la vivienda.
    Vea el esquema de la ICT para más detalle.
 ¿De cuántos tubos constarán mis canalizaciones?
  • El número de tubos necesarios en las canalizaciones de la ICT depende principalmente del tamaño de la promoción (fundamentalmente el número de viviendas).
    Hay distintos tramos de canalización (ver ¿Qué son las canalizaciones? para más detalle), cuyo dimensionado es el siguiente, según la legislación vigente:

    • Canalización Externa
      Nº UNIDADES PRIVATIVAS Nº DE CONDUCTOS SERVICIO ASIGNADO
      Hasta 4 3 1 TB + RDSI, 1 TLCA, 1 Reserva
      De 5 a 20 4 1 TB + RDSI, 1 TLCA, 2 Reserva
      De 21 a 40 5 2 TB + RDSI, 1 TLCA, 2 Reserva
      Más de 40 6 3 TB + RDSI, 1 TLCA, 2 Reserva

    • Canalización de Enlace
      Nº DE PARES DIÁMETRO DEL CABLE MAYOR (mm) DIÁMETRO TUBOS* (mm)
      Hasta 250 Hasta 28 40
      Entre 250 y 525 Hasta 35 50
      Entre 525 y 800 Hasta 45 63
      * El Nº de tubos se corresponderá al indicado para la Canalización Exterior.

    • Canalización Principal
      Nº UNIDADES PRIVATIVAS Nº DE TUBOS (de 50 mm de diámetro) SERVICIO ASIGNADO
      Hasta 12 5 1 RTV, 1 TB + RDSI, 2 TLCA + SAFI, 1 Reserva
      De 13 a 20 6 1 RTV, 1 TB + RDSI, 2 TLCA + SAFI, 2 Reserva
      De 21 a 30 7 1 RTV, 1 TB+RDSI, 3 TLCA + SAFI, 2 Reserva
      Más de 30 Cálculo específico en Proyecto Cálculo específico.

    • Canalización Secundaria
      Para inmuebles con un número de viviendas por planta inferior a seis, o en el caso de viviendas unifamiliares:
      • 3 tubos de 25 mm (1 TB + RDSI, 1 TLCA + SAFI, 1 RTV).

      En otros casos:
      • 4 tubos* (1 TB + RDSI, 1 TLCA + SAFI, 1 RTV, 1 Reserva) hasta el registro de paso a colocar en las derivaciones, y 3 tubos de 25 mm (1 TB + RDI, 1 TLCA + SAFI, 1 RTV) hasta las viviendas.

      * El diámetro de los tubos queda establecido según lo indicado en la siguiente tabla:

      Diámetro exterior (mm) Nº de cables de acometida interior para TB + RDSI Nº de cables de acometida exterior para TB + RDSI Nº de acometidas de usuario para TLCA + SAFI Nº de acometidas de usuario para RTV
      De 1 par De 2 pares
      25 1-5 1-5 2 2 2
      32 6-12 6-11 4 6 6
      40 13-18 12-16 6 8 8

    • Canalización de Usuario
      Está formada por 1 tubo de 20 mm para cada servicio.

 ¿Cómo es el esquema general de una ICT?
  • En breve dispondrá en este mismo documento de dos esquemas generales típicos de una ICT para edificios plurifamiliares y para conjuntos de viviendas unifamiliares.

 ¿Cuál es el proceso administrativo?






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